Cuando se dio a conocer, en exclusiva, la Período de convivencia Posterior a ello, se publico “Prórroga El recuento anterior es Claves de uso Cuando se solicita una factura a Con la reforma al Código Fiscal Hasta aquí esta reforma no había Clave descontinuada Esto implicaría que, a partir del Indefinición Se esperaría que la autoridad
noticia de la liberación de la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por
Internet (CFDI), en nota informativa del 6 de diciembre de 2022, se
informó que esta entraría en vigor el 1 de enero de 2022; sin embargo, dado que
era prácticamente imposible su implementación en fecha tan próxima, se
estableció un período de convivencia entre el CFDI 3.3 y el 4.0.
Al respecto, a través de la página del SAT, en el apartado de la documentación
técnica del CFDI 4.0, se informó que la vigencia de esta nueva versión inicia a
partir del 1 de enero de 2022, existiendo un periodo de convivencia entre la
versión 3.3 y la versión 4.0 el cual comprende del 1 de enero al 30 de abril de
2022, lo cual fue oficializado a través de la Resolución Miscelánea Fiscal para
2022.
para uso obligatorio del CFDI 4.0”, en el que se informa que, a
través del Primer Anteproyecto de la Segunda Resolución de Modificaciones a la
Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022, después oficializado mediante
publicación en el Diario Oficial de la Federación, se extiende el período en
que se puede utilizar el Comprobante Fiscal Digital por Internet, en su versión
3.3, hasta el 30 de junio de 2022, dando así dos meses más para el inicio de la
obligatoriedad del CFDI en su versión 4.0.
importante para tener claridad en las fechas en que se definieron los períodos
de convivencia de ambas versiones.
“Con
CFDI 4.0 no podrá utilizarse el uso de comprobante ‘P01 – Por definir’”,
uno de los cambios trascendentes en la versión 4.0 del CFDI es la
reconfiguración del catálogo de uso del comprobante, que es un dato que indica
el uso que su receptor dará al comprobante.
un establecimiento, el receptor debe indicar qué uso le dará al mismo, según
las opciones del catálogo. Para el caso de la versión 3.3, el propio catálogo
prevé la clave “P01 – Por definir”, que se utiliza cuando el receptor no tiene
definido en ese momento el uso que se le dará a ese comprobante.
de la Federación (CFF) para 2022 se establece, en la fracción IV del Artículo
29-A, que el nuevo requisito en la emisión de comprobantes fiscales es que “se
debe indicar la clave del uso fiscal que el receptor le dará al comprobante
fiscal”.
causado mayor inquietud porque era algo que ya se aplicaba desde la versión
3.3. del CFDI; sin embargo, el problema se genera al darse a conocer el nuevo
catálogo de uso de comprobantes para el CFDI en su versión 4.0, en el que se
elimina el concepto “P01 – Por definir”.
En este mismo sentido, para el caso del CFDI 3.3, en su catálogo de uso del
CFDI se previó la vigencia de la clave “P01 – Por Definir” originalmente hasta
el 30 de abril de 2022, perdiendo su vigencia a partir de esa fecha, dado que
esta versión del CFDI ya no se podría utilizar después de esa fecha; sin
embargo, no obstante que el uso del CFDI 3.3. fue posteriormente extendido
hasta el 30 de junio del mismo año, este catálogo no ha sido actualizado en
este rubro, y sigue previendo como fecha de fin de vigencia de esa clave el 30
de abril de 2022.
1 de mayo de 2022, aun cuando los contribuyentes emitan todavía el CFDI en su
versión 3.3, se vean imposibilitados a emitiros sin un uso definido por el
receptor del documento.
La solución parece simple: Que la autoridad actualice el catálogo “c_UsoCFDI”
para extender la fecha de vigencia de la clave P01, pero no obstante que han
ocurrido varias actualizaciones de catálogos del CFDI 3.3 desde que se anunció
la extensión del período de aplicación, esta fecha no ha sido modificada.
realice las correcciones correspondientes y se eviten así mayores problemas
durante la transición de una versión de CFDI a otra; sin embargo, los
contribuyentes deben estar al tanto de esta situación y preparados para tomar
las acciones necesarias a partir del 1 de mayo, para emitir CFDI sin mayores
contratiempos, pues se desconoce si el criterio de la autoridad es descontinuar
el uso de esa clave a partir del 1 de mayo de 2022, en aras de atender a la
reforma al CFF.
El uso “01 – Por definir” de CFDI 3.3: ¿Vigente sólo hasta el 30 de abril?
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